La incapacitacion

La incapacitacion

La incapacitación  de  una persona

La incapacidad es aquella circunstancia que afecta a la persona y que le hace Incapaz para regirse a si mismo o bien para regir los destinos de su patrimonio toma de decisiones en el ámbito, social, personal y patrimonial.Dentro del derecho de la persona, la incapacitación es uno de los aspectos más duros para la persona afectada como para el abogado de familia,  desde el punto de vista ético y humano.

Requiere de un gran conocimiento del derecho, y gran habilidad para discernir entre lo que es una verdadera incapacitación  u otra cosa

La persona para quien se ha de solicitar la incapacidad ha de presentar los requisitos exigidos por la ley

¿ Quién puede solicitar la declaración de incapacidad de una persona?

La capacidad para solicitar la petición se denomina “legitimidad” 

Corresponde al (i) los padres si es el caso de un menor.

(ii) el cónyuge si la persona a incapacitar se encuentra legalmente casada 

(ii) o  los descendientes de la persona a incapacitar.

(iv)  si no esta casada o no tiene descendientes  hay que acudir a  los ascendientes o los hermanos del o  de la afectada/o.

Los Servicios Públicos como  los Servicios Sociales  y el Ministerio Fiscal están obligados a promover la declaración de incapacidad  cuando tengan conocimiento de una circunstancia que afecta a un ciudadano y por tanto a promoverlo.

Lo más importante que ha de conocer el ciudadano es que cuando se le presente una situación de este calibre con una persona allegada o conozca de alguna persona en esta situación ha de ponerlo en conocimiento de las Autoridades.  y que cualquier persona puede poner en conocimiento del Ministerio Fiscal, las causas o hechos que puedan llevar a iniciar la declaración de incapacidad de una persona, puede ocurrir que los familiares de esa persona no sean, por distancia física o afectiva, testigos del día a día de la persona susceptible de ser declarada incapaz, así sus vecinos o círculo más cercano ante los hechos de los que son testigos pueden/deben ponerlos en conocimiento del Ministerio Fiscal.

Del mismo modo las autoridades y/o funcionarios públicos que por su cargo o función, tengan conocimiento de una posible causa de incapacitación están obligados a ponerlo en conocimiento del Ministerio Fiscal, por ejemplo es algo que podría corresponder a los Servicios Sociales. Cuando se trata de incapacitación de menores de edad, en los casos previstos por la Ley, solo puede ser promovida la declaración de incapacidad por parte de quien ejerza la patria potestad o tutela. En próximas entradas hablaremos de garantías, efectos, de qué es la tutela, y más conceptos que nos ayuden a entender algo más el proceso de incapacitación de una persona.

Un saludo.

RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS

RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS

AVERÍA EN LA RED DE AGUA PÚBLICA QUE PROVOCA DAÑOS EN SU VIVIENDA

Plazo de un año para reclamar los daños.

Los defectos en la red de saneamiento publica, y los daños patrimoniales que producen, generan responsabilidad por parte de la Administración, como consecuencia del mal funcionamiento de un servicio público.

  • Hay que realizar una reclamación  dentro  del plazo de un año desde que el hecho ocurrió, y que da pie a responsabilidad.
  • Se deberá acreditar  la relación causa-efecto para reclamar por mal funcionamiento  de la prestación de servicios de la administración publica y los daños que ha generado al particular.

Los daños por una avería en la red de abastecimiento de agua sanitaria, requieren para su acreditación debida :

  1. Reclamación  por escrito, de la avería a la empresa suministradora.
  2. Informe  de experto perito, que tase la reparación de los daños en su vivienda, y acredite su nexo con la avería en la red de saneamiento.
  3. Denuncia en la Policía, Guardia Civil  
  4. Escrito Formal de reclamación  de los daños sufridos ante la Administración