Divorcios internacionales

Divorcios y separaciones matrimoniales de mutuo acuerdo
El matrimonio es la unión de dos seres humanos para formar una familia, plasmado en in contrato civil, o religioso. Dicha unión puede tener como fin el nacimiento de los hijos o como lo recoje el codigo civil: la prole.
El Matrimonio, se configura como una institución familiar.
La separación de estas dos personas unidas por un contrato celebrado por vía civil o bien por vía religiosa, da pie a un procedimiento judicial o extrajudicial para regular los efectos legales que trae consigo dicha decisión.
Cuando existen hijos dentro del matrimonio, y surge una crisis familiar, el «no acuerdo» sobre que progenitor tendra la custodia, da pie a la intervencion de abogados expertos a fin de buscar la solucion mas adecuada al caso concreto.
Cuando una persona sienta que su relación de pareja o de matrimonio está sufriendo por las razones que sea, debe acudir a un abogado especialista a fin de que el asesoramiento jurídico ponga orden en la situación, y pueda ejercer la defensa de sus derechos de la manera mas adecuada y en armonia.
La separación matrimonial, como su propia palabra indica, es una separación temporal , con mas o menos duración en el tiempo no pone fin al matrimonio. Lo suspende. La respuesta del derecho y de la ley es que en realidad las partes ( el y ella o ellos dos o ellas dos) deciden que no quieren dar el paso de solicitar el divorcio o disolución del vinculo matrimonial que es la ruptura total.
La separación Matrimonial de Mutuo Acuerdo es común en personas observantes de su religión.
La separación matrimonial de Mutuo Acuerdo, conlleva la elaboración de un Convenio Regulador ( Contrato) donde se recogen las medidas que de acuerdo con la ley sobre los hijos ( pensiones, guarda, gastos extraordinarios, uso del domicilio familiar, pensiones compensatorias, reparto de beneficios de las participaciones que compartan, participaciones en sociedades de inversión, planes de pensiones, reparto de dividendos e incluso liquidación de la sociedad legal de gananciales o el proindiviso)
Esta situación se produce cuando ambas partes estén de acuerdo en las medidas que tendrán efecto después de la separación. Es un proceso que se sigue ante el juzgado por el que los cónyuges obtienen una sentencia que les permite llevar vidas independientes, separadas, pero no pueden volver a contraer matrimonio.
Diferencias entre la separación y divorcio
- El matrimonio civil se disuelve por divorcio o por muerte de un cónyuge. El vínculo matrimonial no desaparece, aunque el viudo o viuda puedan volver a contraer matrimonio. En un procedimiento de nulidad matrimonial las autoridades eclesiásticas hacen que este vínculo contraído por los esposos se considere nulo, es decir que el matrimonio nunca existió.
- El divorcio y la separación judicial se tramitan ante los juzgados civiles. La nulidad matrimonial canónica se tramita ante los tribunales eclesiásticos.
- Cuando el matrimonio es declarado nulo el solicitante recupera su estatus de soltería y libertad para contraer nuevo matrimonio por la Iglesia. El matrimonio nunca existió. La sentencia de nulidad puede contener un veto (rarísimas ocasiones). Este supone una prohibición para contraer de nuevo matrimonio.
El divorcio de Mutuo acuerdo, en cambio supone la ruptura total del vinculo matrimonial. La pareja por las razones que ellos conocen, han decidido poner fin a su matrimonio, y aunque esten de acuerdo que van a resolverlo de mutuo acuerdo, el consejo del abogado experto es que cada una de las partes, debe tener su propio abogado, porque existen cuestiones que por pequeñas que parezcan tiene una enorme trascendencia y a lo largo del resto de la vida importan de verdad. Garcia Mariscal abogados, tenemos miles de anécdotas de parejas que acudiendo los dos , les hemos ofrecido que cada uno buscara su propio abogado porque existen cuestiones que merecen ser defendidas por ambos letrados. hemos obtenido el reconocimiento de muchos clientes por estas recomendaciones que a lo largo del resto de la vida suponen un cambio sustancial en su calidad de vida.
Requisitos
- Que hayan transcurrido tres meses desde que se celebró el matrimonio.
- Que los esposos acuerden tramitar amistosamente su separación, y están de acuerdo en separarse.
- Garcia Mariscal Abogados, actuamos en toda España.
Documentos
- Certificado de matrimonio
- Nóminas
- Nota simple de los bienes en común
- Escritura del crédito hipotecario
- Acreditación de gastos
- Historia clínica sobre enfermedades de uno y otro cónyuge
- Bienes privativos
- Rendimiento de los bienes privativos
Convenio regulador
El convenio regulador es un contrato donde se recogen los acuerdos que han alcanzado las partes en materia de:
- Uso y disfrute del domicilio conyugal
- Pensión compensatoria
- Guarda y custodia compartida de los hijos menores de edad
- Guarda y custodia de los hijos a favor de uno de los esposos
- Régimen de visitas, a favor del progenitor no custodio
- Pensión de alimentos a favor de los hijos menores y dependientes.
- Liquidación del régimen económico del matrimonio
- Pactos sobre capitalización de pensión compensatoria.
- Limitación del uso y disfrute del domicilio conyugal.
Efectos de la sentencia de separación Matrimonial
Los cónyuges que van a solicitar la separación pueden:
- Residir en distintos domicilios.
- El vínculo matrimonial continúa existiendo.
- No se podrá contraer un nuevo matrimonio.
- La sociedad Legal de gananciales, se ha disuelto, habrá que liquidarla.
- Derechos de pensión de viudedad del cónyuge viudo.
Proceso judicial de separación matrimonial de mutuo acuerdo
- Contacte con nosotros, le redactaremos el convenio regulador de separación y la demanda de separación.
- Usted lo firma.
- Se presenta en el juzgado correspondiente.
- Los cónyuges acuden al juzgado para ratificarse en la petición de separación y convenio regulador.
- El juzgado dicta sentencia de separación, y de oficio se inscribe en el Registro Civil.
Paternidad, filiación, capacidad, menores
- Reclamación e impugnación de la paternidad.
- Reclamación de alimentos.
- Adopción y Acogimiento familiar.
- Testamento familiar y nombramiento de tutores.
- Autorización para la venta de bienes de menores.
- Incapacitation.